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REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA PRESENCIAL EN LA FORMACIÓN PRESENCIAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL

05/06/2020 -

Resolución del SEPE que adjunto, indicando en su artículo 2 la posibilidad de reanudar la Formación Presencial Programada por las empresas que quedó suspendida tras la declaración del estado de alarma por el RD 463/2020 de 14 de marzo.

Esta formación, que se reanuda en el caso de haber sido suspendida o se programa de inicio, se podrá impartir de manera presencial en las instalaciones de las empresas siempre que sea necesaria para la continuidad de sus procesos productivos, estableciendo para ellos las medidas higiénicas y de seguridad tanto individual como del colectivo.

Las empresas beneficiarias del crédito de formación, deberán comunicar en un plazo máximo de 2 meses la reanudación de la formación, informando a través de la aplicación telemática de FUNDAE el nuevo calendario, fechas y horarios de impartición de las acciones formativas suspendidas, hasta completar el total de horas comunicadas.

En el caso de las empresas que cuenten con Representación Legal de los Trabajadores, es necesario realizar consulta previa a la misma, antes de impartir la formación presencial.

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Participación en organismos:
Nacionales:
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